En esta acreditación se regula la superficie útil, mínima, de los espacios de la vivienda así como el equipamiento mínimo que debe tener: inodoro, cocina, agua caliente, etc. Los requisitos no son muy exigentes así que lo más habitual es que las viviendas cumplan los mínimos.
Documentación necesaria cédula habitabilidad Para solicitar la Cédula de Habitabilidad de una vivienda usada o preexistente es imprescindible presentar un Certificado de Habitabilidad emitido por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) y visado por el colegio correspondiente. En el caso de las viviendas construidas con posterioridad al 11 de Agosto de 1984 que dispongan de cédula de habitabilidad de obra nueva (o de primera ocupación) caducada, no será necesaria la aportación de más documentación que el Certificado de Habitabilidad. En el caso de las viviendas construidas antes del 11 de Agosto de 1984, dispongan o no de cédula previa caduca, se nos deberá aportar también alguna de las documentaciones admitidas por la administración como acreditativas de la antigüedad del uso vivienda. Esta documentación puede ser una escritura, nota simple, certificación registral, certificado municipal, etc., donde quede justificada la antigüedad como uso de vivienda.
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